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ICEX Plan Consolida 2 – a partir del 1 de septiembre se abre el plazo de presentación de solicitudes de la subvención a fondo perdido.

¿Qué es ICEX PLAN CONSOLIDA 2 ? Es una ayuda ESTATAL a fondo perdido aplicable a todo el territorio nacional válida para cualquier sociedad mercantil independientemente de la Comunidad Autónoma donde realiza su actividad económica.

  • Conceptos susceptibles de apoyo

Son conceptos susceptibles de apoyo la creación de filiales fuera de la Unión Europea, los gastos de promoción y, por último, los gastos de defensa jurídica de la marca y homologación.
A) Apoyo a la creación de filiales fuera de la Unión Europea (sólo para empresas con filiales fuera de la Unión Europea, constituidas entre el 1 de octubre de 2014 y la fecha de cierre de presentación solicitudes especificada en esta convocatoria.

  • 1. Estudios de viabilidad: Contratación de una empresa especializada para la realización de un estudio de viabilidad para el establecimiento de una filial en el exterior.
  • 2. Gastos de constitución de la filial: Escrituras, inscripciones, permisos administrativos, licencias y otros gastos que se realizan una sola vez al comienzo de la actividad.
  • 3. Asesoramiento externo: Gastos de asesoramiento externo puntual directamente relacionados con la constitución de la filial (gastos jurídicos, contables, financieros, fiscales).

B) Gastos de promoción.

  • 4. Investigación de mercados: Estudios de investigación de mercado adquiridos a terceros realizados por consultores externos y referidos al país de interés.
  • 5. Material de difusión y promoción: Elaboración de catálogos, folletos, carteles, páginas Web (no se incluye gastos de mantenimiento de la web) y demás material informativo impreso o audiovisual, expositores punto de venta, siempre que tengan como objetivo el lanzamiento del nuevo producto/servicio en un mercado exterior de interés.
  • 6. Contratación de servicios especializados para la adaptación gráfica de la marca al mercado exterior, del packaging y los manuales técnicos de los productos; así como para el diseño o rediseño de productos.
  • 7. Misiones comerciales inversas de prescriptores extranjeros, compradores e invitados a convenciones técnicas y comerciales. Se apoyarán los viajes a España y el alojamiento. Sólo se aceptarán Misiones realizadas a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria y hasta 31 de diciembre de 2015. Estas actividades sólo serán apoyadas previo informe favorable de nuestra/s Oficina/s Económica/s y Comercial/es en el país/es origen de los invitados a la Misión. En el caso de compradores, el gasto a apoyar no podrá superar el 10 % de la ayuda total que se apruebe a la empresa.
  • 8. Desarrollo de programas informáticos, aplicaciones móviles con fines promocionales para la entrada de productos o servicios españoles en el mercado objeto de la solicitud.
  • 9. Publicidad: Creatividad del material y coste de compra de espacios publicitarios en medios del país de interés, así como gastos de publicidad digital enfocada a dar a conocer el nuevo producto/servicio en ese mercado.
  • 10. Acciones de posicionamiento y marketing en redes sociales (SEM).
  • 11. Acciones promocionales: Presentaciones de productos o servicios, promociones, catas y exposiciones temporales en corners de espacios comerciales o tiendas de prestigio (espacios dedicados en exclusiva a la marca y que cuenten con decoración diferenciada del resto de las marcas ubicadas en ese local) o tiendas propias, producción, organización y promoción de desfiles de moda, tanto comerciales como de imagen, presentaciones técnicas en destino; montaje de exposiciones para sectores de servicios, siempre que en la memoria descriptiva se demuestre el componente comercial de las mismas. Se apoyarán los gastos inherentes a estos actos.
  • 12. Patrocinios comerciales: Patrocinios de carácter comercial. Se analizarán caso a caso para poder delimitar en cada uno de ellos los gastos considerados como susceptibles de apoyo.
  • 13. Relaciones públicas: Exclusivamente los gastos de contratación de agencias de relaciones públicas o comunicación con el objetivo del lanzamiento del nuevo producto/servicio en el mercado de interés.
  • 14. Participación en ferias: Se apoyará la asistencia como expositor en ferias de referencia en mercados exteriores, siempre y cuando ICEX no organice un Pabellón Oficial o Feria de Participación Agrupada. Se consideran conceptos susceptibles de apoyo el alquiler de espacio y la decoración.
  • 15. Asistencia en el exterior a congresos y foros especializados: se considerará susceptible de apoyo la cuota de inscripción.
  • 16. Gastos derivados de consultas y suscripciones en materia de información sobre concursos y licitaciones.

C) Gastos de defensa jurídica de la marca y homologación.

  • 17. Registro de patentes y marcas: Gastos de registro de patentes y marcas en mercados internacionales.
  • 18. Defensa de la marca: Gastos jurídicos para procedimientos de defensa de la marca en un mercado internacional.
  • 19. Homologaciones y certificaciones de carácter obligatorio exigidas en el mercado de destino. Certificaciones y precalificaciones ante grandes clientes en el exterior.

Los gastos se admitirán si aparecen facturados tal como aparece reflejado en el manual de justificación al que se tiene acceso al completar la solicitud. En líneas generales se admitirán si proceden:

  • a) De la empresa solicitante.
  • b) De la filial en un mercado exterior, fuera de la Unión Europea, de la solicitante de la ayuda.
  • c) De otra entidad participada en más del 51 % por la empresa solicitante, cuando la entidad vinculada actúe como mero intermediario entre un proveedor independiente y la empresa solicitante. Así pues, se deberán presentar sendas facturas emitidas por el proveedor independiente y por la entidad vinculada a afectos de comprobar la coincidencia de las mismas.

Inversión mínima a justificar 20.000 euros

Periodo subvencionable: Todo el 2015

Subvención fondo perdido: Hasta el 50 % , sin que en ningún caso , la subvención que finalmente podamos cobrar pueda ser superior a 20.000 euros.