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Constitución de empresas en 12 horas

Las gestiones con la Administración a veces son lentas. Y se convierten en uno de los principales obstáculos que encuentra el emprendedor al empezar su actividad pero, a partir del 13 de septiembre de 2015 se podrá constituir una empresa en tan solo 12 horas.

Actualmente se puede constituir una sociedad limitada de forma rápida, de manera que el mismo día en que se firma la escritura (o el siguiente) ya puede estar inscrita en el Registro. No obstante, para firmar la escritura se debe obtener antes la denominación de la sociedad, y este trámite suele demorarse un mínimo de 48 horas.

Consideraciones generales

Esta Ley prevé la constitución de sociedades de responsabilidad limitada, con escritura pública y estatutos tipo, mediante el llamado Documento Único Electrónico (DUE).

La tramitación se realizará a través de un sistema de tramitación telemática del centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE).

El Decreto, que entró en vigor el 13 de septiembre, también prevé la posibilidad de constituir empresas de forma electrónica, aunque carezcan de estatutos tipo. No obstante, será una inscripción provisional. En cualquier caso, el plazo que establece la norma para completar este trámite es de 12 horas hábiles para el otorgamiento de la escritura pública y de 6 horas hábiles para su calificación e inscripción en el Registro Mercantil.

Otras de las mejoras que se regulan son las siguientes:

Regulación de la Agenda Notarial Electrónica

El Consejo General del Notariado será la entidad encargada de desarrollar y gestionar la denominada Agenda Electrónica Notarial que contendrá un calendario actualizado donde se indicará la disponibilidad de los notarios y permitirá la reserva de cita para la firma de escritura de constitución de sociedades.

Creación de una Bolsa de Denominaciones Sociales con reserva

La normativa también plantea la creación de una Bolsa de Denominaciones Sociales con reserva. A través de ella, los interesados podrán consultar gratuitamente y de forma electrónica al menos 1500 denominaciones sociales.

Además, tendrán la posibilidad de seleccionar alguna de las disponibles y de descargar un certificado que acredite la inexistencia de entidades con idéntica denominación.

Para ello simplemente tendrías que rellenar un formulario de solicitud y abonar los derechos arancelarios.