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¿Cómo va a afectar a las empresas el Brexit?

A día de hoy son todavía más incógnitas que certezas las que hay sobre el Brexit. Lo único que está claro es que la salida del Reino Unido de la Unión Europea (UE) impactaría en la actividad empresarial española y de toda Europa. Sin un acuerdo definitivo, el comercio con el Reino Unido se regulará mediante las normas generales de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Reino Unido, con o sin acuerdo, va a pasar a ser un tercer Estado.

        ¿Qué empresas se verán afectadas?

Para empezar, las empresas sólo se verán afectadas si vende bienes o presta servicios al Reino Unido, si compra o recibe servicios de este país o si transporta dentro de sus fronteras

        Quienes vendan en Reino Unido:

El Brexit convertirá al Reino Unido en país tercero, por lo que dejarán de aplicarse las normas comerciales que se aplican a los miembros de la Unión Europea y se aplicarán las generales de la Organización Mundial de Comercio, salvo que se llegue a un acuerdo diferente. Este cambio tiene implicaciones en aduanas, IVA e impuestos especiales.

A efectos de IVA, los envíos a Reino Unido dejarán de considerarse entregas intracomunitarias y se convertirán en exportaciones. En este sentido, será Reino Unido quien aplique su propia normativa al respecto.

También cambian los trámites, ya cualquier envío se convertirá en una exportación a un tercer país y habrá que abonar los impuestos especiales que correspondan. Además, esto implica que habrá que hacer una declaración de exportación.

Ya en el destino, el paso por la aduana británica también será menos ágil y puede que incluso sea necesario volver a pagar impuestos.

        Quienes importen productos de Reino Unido:

Con la salida del Reino Unido de la UE, sus documentos de exportación e importación dejarán de ser válidos, al igual que las autorizaciones de simplificaciones y demás procedimientos aduaneros. El motivo, de nuevo, es que operarán con Reino Unido en condición de tercer país.

Las consecuencias pasan por la necesidad de presentar una declaración de entrada de la mercancía, una declaración aduanera y una declaración de depósito temporal. Además, a los bienes importados se les aplicarán los aranceles que correspondan y, en algunos casos, será necesario conseguir una licencia concreta de importación.

Del mismo modo, también se aplicará IVA a los productos al no considerarse una adquisición intracomunitaria. A esto se añade el pago de Impuestos Especiales siempre que sea pertinente y la posibilidad de tener que darse de alta en el registro e identificación de operadores económicos para hacerse con un número EORI.

        ¿Cómo deben actuar las empresas afectadas?

  • Se debe registrar la empresa ante la autoridad aduanera nacional.
  • Se deben consultar las simplificaciones de las que se puede beneficiar la empresa, tal como reducciones en el importe o simplificaciones para los procedimientos de tránsito.
  • Solicitar el estatuto de operador económico autorizado.
  • Registrarse en un Estado miembro EU27, en el caso de estar registrado en la Mini Ventanilla Única del IVA en el Reino Unido.

Fuente : Boletic.es