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Bonificación de los contratos de formación

El contrato para la formación supone un gran ahorro mensual para la empresa con respecto a cualquier otro tipo de contrato.
El coste que supone para la empresa es el salario del trabajador (según Convenio Colectivo)
Pueden celebrarse todos los contratos que sean necesarios , ya que la limitación al número de trabajadores en plantilla de la empresa, se ha eliminado.

      Requisitos que debe cumplir el trabajador
  • Ser menor de 30 años y mayor de 16 años.
  • Sin límite de edad en caso de contratación de personas con discapacidad.
  • No debe tener cualificación profesional para el puesto de trabajo para el que es contratado.
  • Es necesario que tenga la tarjeta de paro (con un día de antelación a la fecha de contrato como mínimo)
      Requisitos que debe cumplir de la empresa
  • Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y con Hacienda.
      Duración del contrato
  • Duración mínima 1 año (salvo que por Convenio Colectivo se permita una duración inferior).
  • Duración máxima 3 años (4 años para personas discapacitadas y excluidos sociales).
      Distribución de la Jornada laboral y formativa
  • El tiempo de trabajo efectivo no podrá ser superior al 75% de la jornada ordinaria el primer año y del 85% los dos años siguientes.
  • No se podrán realizar horas extraordinarias, salvo motivos de fuerza mayor
  • El resto de la jornada se dedicará a la formación adecuada para el puesto desempeñado por el trabajador, bien de forma presencial, teleformación o formación mixta.
      Remuneración del trabajador
    Si no se establece mejora salarial en el Convenio Colectivo, el salario base del trabajador será del 75 % del SMI el primer año y del 85% del SMI en los dos años siguientes.
      Ahorro para la empresa
  • Formación bonificada. El coste formativo por la formación será bonificado íntegramente.
  • Reducciones en la cotización. Durante los tres años de duración del contrato se reduce el 100% de todas las cuotas a la Seguridad Social en empresas de menos de 250 trabajadores. En empresas con 250 o más trabajadores la reducción será del 75% de todas las cuotas.
  • Incentivos por transformación a indefinido. Durante tres años la empresa podrá bonificarse 1500 euros anuales en caso de hombres y 1800 euros anuales en caso de mujeres.
      Beneficio para el trabajador
  • Protección total de la Seguridad Social incluido el desempleo.
  • Formación dirigida a la obtención del Certificado de Profesionalidad.