El contrato para la formación supone un gran ahorro mensual para la empresa con respecto a cualquier otro tipo de contrato.
El coste que supone para la empresa es el salario del trabajador (según Convenio Colectivo)
Pueden celebrarse todos los contratos que sean necesarios , ya que la limitación al número de trabajadores en plantilla de la empresa, se ha eliminado.
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Requisitos que debe cumplir el trabajador
- Ser menor de 30 años y mayor de 16 años.
- Sin límite de edad en caso de contratación de personas con discapacidad.
- No debe tener cualificación profesional para el puesto de trabajo para el que es contratado.
- Es necesario que tenga la tarjeta de paro (con un día de antelación a la fecha de contrato como mínimo)
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Requisitos que debe cumplir de la empresa
- Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y con Hacienda.
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Duración del contrato
- Duración mínima 1 año (salvo que por Convenio Colectivo se permita una duración inferior).
- Duración máxima 3 años (4 años para personas discapacitadas y excluidos sociales).
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Distribución de la Jornada laboral y formativa
- El tiempo de trabajo efectivo no podrá ser superior al 75% de la jornada ordinaria el primer año y del 85% los dos años siguientes.
- No se podrán realizar horas extraordinarias, salvo motivos de fuerza mayor
- El resto de la jornada se dedicará a la formación adecuada para el puesto desempeñado por el trabajador, bien de forma presencial, teleformación o formación mixta.
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Remuneración del trabajador
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Si no se establece mejora salarial en el Convenio Colectivo, el salario base del trabajador será del 75 % del SMI el primer año y del 85% del SMI en los dos años siguientes.
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Ahorro para la empresa
- Formación bonificada. El coste formativo por la formación será bonificado íntegramente.
- Reducciones en la cotización. Durante los tres años de duración del contrato se reduce el 100% de todas las cuotas a la Seguridad Social en empresas de menos de 250 trabajadores. En empresas con 250 o más trabajadores la reducción será del 75% de todas las cuotas.
- Incentivos por transformación a indefinido. Durante tres años la empresa podrá bonificarse 1500 euros anuales en caso de hombres y 1800 euros anuales en caso de mujeres.
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Beneficio para el trabajador
- Protección total de la Seguridad Social incluido el desempleo.
- Formación dirigida a la obtención del Certificado de Profesionalidad.